Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO, MARITIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA NULIDAD ABSOLUTA DEL TESTAMENTO de fecha 11 de abril del 2006, registrado bajo el número 01, folio 01 al 07, Protocolo Cuarto, Tomo primero, Segundo Trimestre del referido año; SEGUNDO: CON LUGAR LA PARTICION y LIQUIDACION DE HERENCIA AB-INTESTATO incoada por el ciudadano JOSE PAULO RODRIGUES GONCALVES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-24.873.199, contra los ciudadanos MARIA LUCIA GONCALVES y ADELINO GONCALVES, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en esta ciudad de Cumana, Estado Sucre, titulares de las cedulas de identidad N° V- 9.973.529 y N° V- 10.460.009, respectivamente; TERCERO: SE ORDENA LA PARTICIÓN Y LIQUIDAC.....