Por lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, extensión Carúpano, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara PRIMERO: INADMISIBLE la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales que intentara el ciudadano EDGARDO DEL JESUS COVA MILLAN, titular de la cédula de identidad Nº 19.707.933, en contra del ciudadano FADEL ALLAH ALJARAMAN; por no subsanar oportunamente el libelo de la demanda. SEGUNDO: Se declara TERMINADO el proceso y se ordena el ARCHIVO del expediente. ASI SE DECIDE.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias y Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Carúpano a los dieciséis (16).....