Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 356, 358 y 359 del Código Orgánico Procesal Penal al imputado LUIS ELOY VISAEZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. V- 2.923.212, natural de Casanay de este estado Sucre, fecha de nacimiento: 06-12-1943, residenciado en: calle San Ramón, casa número 23-B, de color amarrillo con rojo cerca de la plaza de las Delicias y de la Licorería de los Morochos, casco Central de las Delicias, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, hijo de Luis Visaez y Rosa Campo. Número de teléfono: 0426-9802791, por la comisión del delito de CONSTRUCCION DE OBRAS ILICITAS, previsto y sancionado en el artículo 90 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y en consecuencia procede a suspender condicionalm.....