este tribunal acuerda:
Primero: Acuerda dejar sin efecto el nombramiento del Defensor Privado y en tales efecto a solicitud el penado se acuerda notificar a la Defensa Pública, con el objeto de que notifique al defensor de guardia, para que lo asista en la audiencia de presentación.
Segundo: se acuerda para las 11:20 de la mañana del día de hoy, en la sala 1-B, la audiencia de presentación del penado; al efecto de escucharlo.