Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: de conformidad con lo establecido en el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos 64 literal b, 66 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena consistente en DESTACAMENTO DE TRABAJO, a Henry Edgardo Aguilera Aguilera, venezolano, Mayor de edad, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, nacido en fecha: 25/04/1991, obrero, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 19.125.214...