Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor de Abreu Alfonso Caridad Lozada, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 14.612.536, de profesión u oficio Agricultor, de años 38 de edad, nacido en fecha el 01-08-1972, hijo de Margarita Lozada y Jesús Alfredo Alfonso, y domiciliado en el Sector El Peñón, Sector Tres, Casa N° 18, cerca de la Panadería La Central, Cumana, Municipio Sucre del Estado Sucre; el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena Condicional de la Ejecución de la Pena, que le fuera impuesta por la comisión del delito de Abuso Sexual a Adolescente con Penetración, previsto y sancionado en los artículos 260 en relación con el 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, por el lapso de Tres,(3), años.....