Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA ACCION DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD intentado por la Ciudadana GEPSI GARCIA CARREÑO, contra el ciudadano JORGE MARCANO FAJARDO, identificado en el encabezamiento de esta sentencia, a favor de niña, en virtud del interés superior de la niña de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 17, 25 al 27 de la LOPNNA, el articulo 56 de la Constitución del Republica Bolivariana de Venezuela y el Código Civil en sus articulo 231 y 233., este Tribunal ORDENA, a la Prefectura del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, levantar la correspondiente Partida de Nacimiento de la Niña, debiéndose estampar: que es hija del Ciudadano JORGE MARCANO FAJARDO, venezolano, mayor de edad, titular de l.....