El Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a los fines de restituir las facultades inherentes al derecho de propiedad, estando el solicitante facultado legalmente para requerir el bien y tramitada la incidencia conforme a los artículos 311,312 del Código Orgánico Procesal Penal y 607 del Código de Procedimiento Civil DECLARA CON LUGAR la solicitud de entrega de vehículo planteada por el ciudadano Pastor José Fermín Bermúdez con Cédula de Identidad N° V-4.039.781; asistido por el abogado Irbin Acosta, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 83.734, en causa penal seguida al ciudadano José Gregorio Ortiz Perdomo, contra quien la Fiscalía Décima del Ministerio Público de este Circuito Judicial, representada en el acto por la abogada Rita Petit ha presentado escrito acusatorio por los delitos de aprovechamiento de cosas proven.....