En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a JESÚS LORENZO VÉLIZ HERNÁNDEZ, Venezolano, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.835.260, Soltero, hijo de Jesús Véliz y Rosaida Hernández, fecha de nacimiento 10/08/1979, de oficio obrero, residenciado en el Barrio 19 de abril, casa S/N, parroquia Cumanacoa, municipio Montes del estado Sucre, en la causa que se le iniciara por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, POR LA FALTA DE CERTEZA, NO EXISTE LA POSIBILIDAD DE INCORPORAR NUEVOS DATOS A LA INVESTIGACIÓN Y NO HAY BASE PARA SOLICITAR FUNDADAMENTE EL ENJUICIAMIENTO DEL IMPUTADO de conformidad con lo previsto en el ordinal 4° del artículo 300, del Código Orgánico Procesal Penal. Not.....