este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado José Luís González, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.290.978, nacido en fecha 26-11-1978, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio docente, hijo de José Rivera y Ligia González, teléfono 02943317080, y residenciado en Playa Grande, Calle 03, Casa Nº 81-09, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión de los delitos de: Violencia Psicológica y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Victima ciudadana Belkis Del Carmen Vásquez, en virtud de haber operado la Extinción de la A.....