Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado EDGAR ALEXANDER BRITO TORREZ, en su carácter de Defensor Público Penal del ciudadano LUIS JACKSON JIMÉNEZ CALZADILLA, contra Sentencia Definitiva Publicada en fecha 27 de Agosto de 2010, por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual CONDENO al ciudadano antes mencionado a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio del ciudadano HENRY JOSÉ BORGES RUIZ.- SEGUNDO: Se fija de conformidad con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, el DÍA 28-10-2010, a las 9:00.....