Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la inhibición planteada por la abogada CARMEN LUISA CARREÑO DE RODRÍGUEZ, actuando con el carácter de Jueza Segunda de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, sede Cumaná de conocer la causa Nº RJ01-P-2015-000039, seguida al ciudadano UBALDO JOSÉ VILLALBA FLORES por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR ACTUAR CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVO FÚTIL, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el 83, con las agravantes genéricas de los numerales 1, y 11 del artículo 77 ejusdem, en perjuicio del ciudadano FRANCISCO GABRIEL PATIÑO (OCCISO), conforme al numeral 5 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, y ordena la remisión de las .....