Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal se declaró Reponer la Causa al estado de las citaciones y notificaciones legales pertinentes; asimismo, se ordenó notificar a los ciudadanos Director Presidente del Instituto Autónomo de Policía del estado Sucre, Gobernador del estado Sucre y al ciudadano Procurador General del estado Sucre, con la advertencia de que una vez que conste en autos la última de las notificaciones efectuadas, este Tribunal fijará hora y fecha, para que tenga lugar la audiencia preliminar; de conformidad con lo establecido en el articulo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.-