El Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, constituido como Tribunal Mixto e integrado por la Juez Profesional abogada Carmen Luisa Carreño y los escabinos Fanny Andrade y Estefanía Ramírez, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por decisión de la mayoría y por considerar que durante el debate oral y público, no quedó suficientemente demostrado el aprovechamiento de la mercancía robada, más si quedó plenamente demostrado tanto el delito como la culpabilidad del acusado en cuanto al aprovechamiento de vehículo robado, DICTA SENTENCIA CONDENATORIA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y el Robo de Vehículo Automotor y declara CULPABLE al acusado OSWALDO ENRIQUE ARCIA ACOSTA, del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE ROBO cometido en perjuicio de los ciudadanos JESÚS ALEJANDRO ESPINOZA COVA y GREGORI DAVID SANDOVAL. Como consecuencia de la presente de.....