Este Tribunal Sexto de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar, la solicitud de medida de protección a favor del ciudadano REINALDO JOSE BARRIOS CABELLO y en consecuencia, se ordena la realización de recorridos policiales diarios y visitas policiales a la residencia de dicho ciudadano, Ubicada en el Sector La Bomba casa sin número de la población de Pantoño, municipio Ribero del Estado Sucre. Librese Oficio al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre. Notifíquese al Fiscal y a la Victima.