Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR EL DERECHO DE VISITA solicitado por la ciudadana GREGORIS DEL CARMEN SALAZAR DE GONZALEZ, contra el ciudadano JESUS ALBERTO GONZALEZ LUGO, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de la niña, y acuerda el siguiente DERECHO DE VISITAS: El padre podrá visitar a su hija los días martes y Jueves de 5:00 a 9:00 p.m., los fines de semana alternados, día del padre con el padre y de la madre con la madre, los cumpleaños, navidad, año nuevo, vacaciones, carnavales, semana santa alternados, de conformidad con los Artículos, 8, 27, 385 y 389 de la LOPNA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Jugado de Protección del Niño y del adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los quince días d.....