"Actuando este tribunal en sede Constitucional, y conforme a la convocatoria pública efectuada en ocasión de la Audiencia Constitucional del pasado viernes 12 de junio de 2009, acaudalada en lo dispuesto en el Aparte Único del artículo 26 de la de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el Recurso de Amparo Constitucional a que se contrae la presente causa, decretándose la NULIDAD DE LA SENTENCIA del tribunal querellado, con los demás pronunciamientos de ley que se dispondrán en el texto íntegro del fallo, para cuya publicación este juzgador constitucional se reserva el lapso de hasta cinco (05) días a partir de hoy, conforme a la ley. Es todo".