este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la imposición de las medidas cautelares contenidas en los literales B Y C del artículo 582 de la LOPNA, xxxxxxxxxxxxx, a quien se le inició averiguación por su presunta participación en el delito de TRÀFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Especial, en perjuicio de la COLECTIVIDAD. Se ordena la remisión inmediata de la presente causa a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público. Líbrese Boleta de Libertad, y oficio al medico forense y oficio remitiendo copias certificadas de las presentes actuaciones a la Fiscalia Superior del Estado Sucre. Se acuerda con lugar la solicitud de copias simples solicitadas por la defensa y del fiscal de la presente acta por no ser contrarias a derecho. Los presentes en sala quedan notificados de la presente decisión de conformidad con el artículo 175.....