este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acoge totalmente la solicitud del Fiscal 11° del Ministerio Público y Decreta LIBERTAD PLENA a favor de ciudadano MANUEL JOSÉ RIVERO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.314.141, sin oficio definido, residenciado en la Vereda San Rafael, Casa S/N, del Sector de Caigüire, Cumanacoa del Estado Sucre. Se acuerda seguir la presente causa por el procedimiento ordinario y remitir las actuaciones a la fiscalía actuante en su debida oportunidad. Líbrese boleta de libertad. Cúmplase.