este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Caución Económica, por la Caución Juratoria, al ciudadano Fernando Luís Suárez Tenia, venezolano, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.375.087, nacido en fecha 26-06-1991, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, hijo de Marina Tenia y Fernando Suárez, y residenciado en la Calle Chamberin, Casa Nº 24, al lado del Abasto de Isidro Rodríguez, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de: Violencia Psicológica, Acoso u Hostigamiento y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 39, 40 y 41, todos de la Ley Orgán.....