Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:
PRIMERO: SE HOMOLOGA ACUERDO CONCILIATORIO, celebrado entre las partes en fecha 15-02-06, conforme a los artículos 565 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa a favor del Adolescente "OMISIS"; todo de conformidad con el articulo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la investigación llevada por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, tipificado en el articulo 376 del Código Penal Venezolano vigente en perjuicio de la Nina "OMISIS", en virtud de haber dado cumplimiento a las obligaciones contraídas. Se acuerda las copias solicitadas, Quedaron notificadas las partes en Sala con la presente Resolución.....