Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Superior, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano CARLOS PARRA BELLOSO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 4.565, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en la presente causa; contra la Sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Veintiséis (26) de Febrero de 2.007.
En consecuencia: DECLARA PROCEDENTE la falta de cualidad opuesta por la parte demandada como defensa de fondo. Por consiguiente, DECLARA SIN LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y DAÑOS Y PERJUICIOS intentara el ciudadano ENRIQUE PARRA PARADISI, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsi.....