DISPOSITIVA
Con fundamento en los medios de pruebas debatidos, este Tribunal Mixto de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, POR UNAMIDAD DECLARA culpable y en consecuencia, SANCIONA al acusado OMISSIS, Venezolano, de 16 años de edad, nacido en fecha 17-08-1994, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, natural del Paujil, Municipio Cajigal del Estado Sucre, identificado con la Cédula de Identidad Nº 25.366.365, hijo de Jacinto Aristimuño y Elioemis Zapata, y domiciliado en El Paujil, calle Bolívar, casa S/N (al lado del taller de Dominguito, Estado Sucre; al cumplimiento de la medida de Privación de Libertad, por el lapso de cuatro (04) años, conforme a lo establecido en el artículo 620 literal "F" en relación con lo previsto en artículo 622, ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Ni.....