DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta El Sobreseimiento De La Presente Causa, de conformidad con el artículo 300 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano JULIÁN ANTONIO JIMÉNEZ, Venezolano, natural de Carúpano del Estado Sucre, titular de la Cedula de Identidad Número V-17.956.316, de 38 años de edad, nacido en fecha 23/04/78, soltero, albañil y pescador, hijo Evagelia Caraballo y Julián Hernández y residenciado en Playa Patilla, casa S/N, cerca de la licorería Doña Cleta, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado 218 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL
ABG. ANNY ALI TOVAR BAUZA
EL SECRETARIO JURIDI.....