éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre. Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA DESCONTARLE al penado ALBERTO JOSÉ GASPAR FIGUERA, el tiempo de DIEZ (10) MESES, CATORCE (14) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, por la Redención de Pena,