Este Tribunal Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Escuchada la Acusación Fiscal en contra de la adolescente XXXXX, la declaración del acusado y lo alegado por la defensa publica, de conformidad con lo establecido en el artículo 570 y 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, se Admite totalmente la acusación fiscal en virtud que en ella se indican los datos que sirvan para identificar al imputado, se expone una relación clara y circunstanciada del hecho punible atribuido y que según la acusación fiscal los hechos ocurrieron el fecha 24-04-03, cuando un agente de la policía del estado fue abordado por un grupo de personas, quienes tenían agarrado a un ciudadano, en donde el agente policial procedió a prestar sus funciones y llamo al Comando Policial de Brasil, entrevistándose el funcion.....