Con base a todo lo expuesto este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio interpuesta conjuntamente por los ciudadanos NARCISO DEL VALLE LEZAMA y MARIA DEL VALLE CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, ambos Cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.734.713 y V-4.691.329, respectivamente, y domiciliado el primero en el Barrio Los Molinos, Calle Principal S/N, de la Parroquia Altagracia, de esta Ciudad de Cumana, Municipio Sucre, del Estado Sucre y la segunda domiciliada en la Avenida Las Palomas, cerca del Terminal de Pasajeros Municipal, Casa S/N, de la Parroquia Santa Inés, de esta Ciudad de Cumaná, Municipio Sucre, del Estado Sucre, respectivamente; debidamente asistidos por el abogado en ejercicio y de este domicilio LORENZO LANZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 96.255.
Y por consiguiente, se declara Disuelto el Vínculo Matrimoni.....