Por las consideraciones antes expuestas, el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en este estado del proceso y sobre la base del numeral cuatro del artículo 318 Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA al ciudadano Ernesto Sánchez Medina, venezolano, de 60 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.265.999, casado, domiciliado en Urb. Villa Venecia, Edificio Salomón 11, Tercer Piso, Apartamento 3-D, Cumaná, Estado Sucre; en causa iniciada por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, tipificado en el numeral 4 del artículo 453 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Griselda de Jesús López y Alonso Amable Godoy Fernández; conforme lo ha solicitado el Fiscal Séptimo del Ministerio Público de este Circuito Judicial. Notifíquese al imputado, su defensor, a las víctimas y al Fiscal de la presente decisión con.....