En atención a los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la Recusación interpuesta por la ciudadana Elizabeth Milagros Martínez Rodríguez, en su carácter de apoderada de la ciudadana Elizabeth Del Valle Rodríguez de Martínez, mediante la cual recusa a la Abogada Noraima Marín García, Jueza del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de La Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
SEGUNDO: A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 93 y 97 del Código de Procedimiento Civil, se ordena oficiar a la Recusada Abogada Noraima Marín García Jueza del Tribunal Quinto de Municipio Ordinar.....