Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio del Sistema Penal del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara penalmente responsable y sanciona por el procedimiento especial de admisión de los hechos, al acusado XXXXXXX, venezolano, de 13 años de edad, titular de la cédula de identidad XXXXXX, soltero, nacido en fecha 01-09-98, hijo de XXXXX y XXXXX residenciado en XXXXXXX; por la comisión de los delitos de VIOLACIÓN y ACTOS LASCIVOS, previstos en los artículos 374 numeral 1ro y 376, ambos, del Código Penal, en perjuicio de los niños XXXXXXX y XXXXXX.- A cumplir la medida de sanción de privación de libertad por el lapso de dos (02) meses, cuatro (04) meses de servicio comunitario y seis (06) meses de reglas de conducta, conformidad con el artículo 620 en atenencia con los artículos 624,625 y 628 de la Ley Orgánica para la Protecció.....