DISPOSITIVA:
Por todas las razones de Hecho y de Derecho precedentemente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado MANUEL CANO PÉREZ, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia del Estado Sucre, en contra de la decisión dictada en fecha veintidós (22) de noviembre de dos mil doce (2012), por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano; mediante la cual concedió el beneficio de "SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA" a favor del ciudadano CRISÓSTOMO RAMÓN MIRANDA DEYAN, penado de autos, titular de la cédula de identidad número V-13.275.660, en la causa que se le sigue por la comisión del delito de ABUSO SEX.....