este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Se le otorga la SUSPENCIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado JOAN MANUEL CENTENO DIAZ, venezolano, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.935.545, nacido en fecha 30-12-81, hijo de Doris de Centeno y Juan Centeno, de oficio obrero, residenciado en Valle Verde, casa s/n, al frente de la casa comunal, Cumaná Estado Sucre, por un lapso de DOS (02) AÑOS, SIETE (07) MESES y QUINCE (15) DIAS, siempre y cuando se comprometa a cumplir con las siguientes Condiciones: 1. No cambiar de residencia sin autorización del Tribunal; 2. Abstenerse del consumo de sustancias estupefaciente y psicotrópicas, y de frecuentar los lugares y personas popularmente relacionados con dichas sustancias. 3. No portar armas, 4. Someterse al seguimiento.....