Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO solicitado por la Representación fiscal, a favor de los adolescentes XXXXXXXX y XXXXXXXXX a quienes se le atribuye la presunta participación en un delitos contra La Propiedad, en perjuicio de XXXXXXXX, de conformidad con los artículos 318 ordinales 1 en concordancia con el artículo 561 literal D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia cesan las mmedidas de que son objetos los referidos adolescentes.. Notifíquese a las partes de la presente decisión de conformidad con el artículo 325 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley.