este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la excusa, presentada por la referida ciudadana, ya que se evidencia que la ocupación y oficio que realza le dificultaría el desempeño de su función. es por lo que este tribunal considera ajustada a derecho, acordar la excusa planteada por la escabino. Y así se declara.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA EXCUSA, presentada por los ciudadanos THAIS DEL VALLE LEON GONZALEZ titular de la Cédula de Identidad N° V-14284766, y LUIS ARMANDO LEÓN titular de la cédula de identidad N° 14.419.391 quien fue seleccionada como candidato a escabino, para Constituir el Tribunal Mixto.