Este Juzgado Tercero de Primera Instancia De Juicio Del Trabajo Del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de Medidas cautelar solicitada por la FUNDACION PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION DEL PODER COMUNAL (FUNDACOMUNAL), en contra de la Providencia Administrativa signada con el N°176-2014 de fecha 11 de Junio de 2014, correspondiente al expediente Nº 021-2014-01-00128, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CUMANA ESTADO SUCRE, ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA
ABG. JHINEZKHA DUERTO VASQUEZ