DECISIÓN
Por las razones expuestas, este el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la ciudadana Karla Isolina Castro de Noriega, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.579.629, contra la Junta de Condominio de la Torre "A" del Conjunto Residencial Terrazas Cumanesas.
SEGUNDO: Solicita de oficio la regulación de la competencia, por ser este el segundo Tribunal que declara su incompetencia. En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que esta última conozca del conflicto negativo de competencia planteado.