Este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda ya ejecutada la pena, iniciar de oficio los trámites necesarios en caso de ser procedente el otorgamiento del Beneficio de la Suspensión Condicional de la Pena a penado: RONALD GREGORIO LAREZ, venezolano, de 29 años de edad titular de la Cédula de Identidad No. V-14.062.284, nacido en fecha 02/02/1978, domiciliado en la Calle Campo Alegre N°: 58, Caigüire, Cumaná. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público de Ejecución de Sentencia y a la defensa. Remítase copias certificadas de la sentencia condenatoria y del presente auto de ejecución de la sentencia, adjunto a oficio a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, solicitándole asimismo los posibles antecedentes penales que pudieran registrar el referido penado. Ofíciese