, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano LUÍS ENRIQUE CONTRERAS, titular de la cédula de identidad 10.684.279, venezolano, de 37 años de edad, soltero, de oficio Comerciante, hijo de Lina Rosa Contreras y Luís Duran, fecha de nacimiento 19-1-72, residenciado en la Avenida Principal de las Vegas de las González, Casa S/N, al lado de la Bodega Santa Ana, Municipio Sucre, Estado Mérida, condenado por sentencia dictada en su contra por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRIS.....