En consideración a los argumentos de hecho y de derecho expuestos, y en función al interés superior de los niños anteriormente identificados, es decisión del Juez de Juicio de este Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el Régimen de Convivencia Familiar, presentado por el ciudadano JOSE LUIS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 10.881.486, domiciliado en Casanay, calle Bolivia, casa n° 42, municipio Andrés Eloy Blanco Estado Sucre, asistido por la Defensora Publica en Materia de Niños, Niñas y Adolescentes en contra de la ciudadana MARELIS DEL VALLE GOMEZ FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº:12.288.294