éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la Causa, seguida a los ciudadanos: Luís José Maneiro Gómez y Jhormes José Salazar Farias, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego y Municiones, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en relación con el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de El Estado Venezolano; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase el asunto en su .....