III.-
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de Cumana Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Querella Funcionarial interpuesta por la ciudadana Yazmil Cova, contra la Contraloría General del estado Sucre.
SEGUNDO: Se ordena el pago de la diferencia de la prestación de antigüedad, aplicando la III Convención Colectiva de Trabajo.
TERCERO: Se niega la solicitud de pago de la diferencia del Bono Vacacional y Bonificación de Fin de año.
CUARTO: Se ORDENA la realización de una experticia complementaria del fallo, conforme a lo dispuesto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de determinar las cantidades adeudadas a la misma por estos conceptos.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia conforme lo estab.....