Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara PERIMIDA la instancia en la demanda que por DIVORCIO 185-A fue incoada conjuntamente por los ciudadanos LUIS RAFAEL GAMARDO GIL Y MAGDENES DEL VALLE ROJAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 9.274.706 y 9.279.797, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio DAYSI MAIGUALIDA YUGURI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.577.