En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con Lugar lo solicitado por la Representante del Ministerio Público y la Defensa Pública Penal y en consecuencia acuerda la libertad sin restricciones; a quienes se les inicio investigación por la presunta comisión del delito de Alteración del Orden Público, previsto en el artículo 216 del Código Penal Venezolano Vigente; cometido en perjuicio del Estado Venezolano. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 555 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda la continuación de la presente causa por el procedimiento ordinario, tal como fue solicitado por el Representante del Ministerio Público. Se acuerda la libertad del adolescente de auto desde esta sala de audiencia y se ordena librar Boleta .....