Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide; PRIMERO: CONDENAR al acusado: ANIBAL JOSE GARCIA, Venezolano, de 55 años de edad, nacido en fecha: 24-03-58, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.800.591, de ocupación u oficio: pescador, de estado civil Soltero, natural de Morro de Puerto Santo, Municipio Arismendi, residenciado en el sector la Playa Arriba, Casa S/N, detrás del Cementerio, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por el delito de ABUSO SEXUAL EN NIÑOS Y NIÑAS, previsto y sancionado en lo establecido en el encabezamiento del artículo 259 de la LOPNNA, en perjuicio de la niña: Omissis; a cumplir una pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley. Remítase en el lapso legal correspondiente al Tribunal de Ejecución. Quedan notificadas las partes presentes en este acto, de conformidad con lo establecido en el artículo 351 del Código Orgánico Procesal Penal.