Que en la elaboración de la mencionadas Actas, escribieron el Apellido de las ciudadanas: ANA DEL VALLE ARREDONDO y ROSANA MARGARITA SANTAMARIA ARREDONDO, como AREDONDO, se cometió el error material en omitirle una letra “R”, siendo sus Apellidos correcto como “ARREDONDO”, con doble “RR”, tal como consta de las copias de las Cédulas de Identidad en autos, las cuales corren insertas a los folios dos (02) y tres (03) del expediente.
Por los hechos anteriormente expuestos, es por lo que solicita ante este Tribunal, se le rectifique el error cometido en el apellido de las ciudadanas: ROSANA MARGARITA SANTAMARIA ARREDONDO, donde aparece como “AREDONDO” en los cuales deben aparecer “ARREDONDO”, que es lo correcto, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 769 y 773 del Código de Procedimiento Civil Vigente, y previo los trámites de Ley, en el punto antes indicado.
Admitida la demanda en fecha 28 de Novie.....