Por los Razonamientos Expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de la Defensora Pública ANNIA NUÑEZ, Interpuesto Contra la Decisión de Fecha 29/07/2011, Dictada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Mediante la cual Decretó MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD al Imputado GERINO JOSÉ LATTÁN, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.201.546, en la Causa que se le Sigue por la Presunta Comisión de los Delitos de: 1) Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; Previsto y Sancionado en el Artículo 149, Primer Aparte, de la Ley Orgánica de Drogas; 2) Robo Agravado, Previsto y Sancionado en el Artículo 458 del Código Penal; 3) Falsa Atestación Ante Funcionario Público, Previsto y Sancionado en el Artículo.....