En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS, la Acción de Amparo intentada por la ciudadana SELENE DEL SOCORRO HERRERA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V-22.630.486, asistido por los abogados JESUS REAL MAYZ Y GABRIELA PATIÑO, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 33.439 Y 74.299, respectivamente, contra la sentencia dictada en fecha veintisiete (27) de diciembre de dos mil diez (2010) por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del primer Circuito Judicial del Estado Sucre, a cargo del abogado EDGAR J VALLEJO JIMENEZ. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en cost.....