Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, solicitada por la ciudadana NATALIE GUTIERREZ GONZALEZ, contra el ciudadano PAVER SOSA GOITIA, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de los niños, y en consecuencia se condena al obligado a cancelar la cantidad de TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 3.380.000.oo), por concepto de obligaciones alimentaría, correspondiente a trece mensualidades. Todo de conformidad con los artículos 76, 78 y 91 de la Constitución Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 365, 369, 30, 07, 08, de la LOPNA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Jugado de Protección del Niño y del adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucr.....