Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LUISA ISABEL MAIZ, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 6.127.401, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO RIBERO DEL ESTADO SUCRE.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de CIENTO VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES ( Bs. 121.895,00) por diferencia de beneficios laborales, antes señalados y determinados en el cuerpo de la sentencia.
Se declara la improcedencia de la indexación de los beneficios condenados, en virtud de ser la demandada un municipio, que como es notorio, no tiene ingresos para ser condenado por ese concepto y, de hacerlo se dejaría prácticamente inoperante la gestión de este, impidiendo contar con los recursos necesarios para la atención de los asunto.....