Por las razones antes expuestas y por cuanto el penado señalado en la presente causa se encuentra fuera de la Jurisdicción de competencia de este Tribunal Primero de Ejecución del Estado Sucre Extensión Carúpano; este tribunal acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal Tercero de Ejecución de sentencias del Circuito Judicial del Estado Bolívar; Extensión Puerto Ordaz; por ser su Tribunal Natural y no tener ninguna otro tramite que practicar